Director
del Cens 452
Marcelo
Rodríguez
Su despacho
Los docentes de la modalidad Semipresencial solicitamos
por su intermedio que este documento sea elevado al Director de Educación de
Adultos, José Eduardo Almeida, para su posterior evaluación y respuesta en
tiempo y forma como lo establece el Estatuto Docente.
Directivos
de CENS y de la modalidad Semipresencial han leído y avalado el presente
documento en el que manifestamos:
1- La
modalidad Semipresencial ya se ha transformado en una opción única, por su
especificidad, que garantiza el derecho de la educación secundaria de jóvenes, adultos
y adultos mayores con problemáticas particulares que no podrían acreditar los
saberes correspondientes al nivel de enseñanza secundaria en sistemas con
modalidad presencial.
2- Lo
distintivo de la modalidad Semipresencial radica en que brinda a los alumnos la
posibilidad de disponer discrecionalmente sus tiempos curriculares y atender necesidades
esenciales como son el trabajo y la familia (atención de hijos, nietos o
abuelos, enfermedades y conflictividad emocional).
3- En
este sentido la modalidad Semipresencial es la más equitativa ya que grantiza:
·
mayor
inclusión: el ingreso está abierto todo el año a jóvenes y
adultos que no puedan sostener la asistencia regular en una modalidad
presencial. Esta modalidad también ha sido eficiente en la inclusión inmediata
y simultánea de individuos con distintos
problemas de salud como, por ejemplo, personas con fobias, con retraso en la
maduración, con problemas motrices y problemas de conducta.
·
mayor
igualdad: conviven en esta modalidad alumnos de muy diferentes
franjas etarias y realidades sociales (jóvenes entre 18 a 20 años que han sido
padres recientemente, adultos con hijos
adolescentes y trabajo estable, adultos mayores de 50, 60 ó 70 años que lo
hacen por una necesidad de deseo postergado y madres que asisten con sus bebés ante
la imposibilidad de que otro se los cuide;
entre otros casos)
·
mayor
calidad: los docentes cumplen el rol de tutores ya que
trabajan con cada alumno en particular: se atiende y guía tanto en el proceso de
aprendizaje como en las diferentes problemáticas personales que afectan durante
el trayecto educativo.
4- La
modalidad Semipresencial no compite ni incide perjudicando la matrícula de ninguna
otra modalidad presencial sino que abre un espacio de capacitación a aquellos
que de otro modo no podrían concluir sus estudios secundarios. En este sentido,
cumple con lo previsto en el artículo 46 de la Ley
Nacional de
Educación Nº 26.206 que dice: “La Educación Permanente de Jóvenes y Adultos es la modalidad educativa destinada a garantizar
la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por
la presente ley, a quienes no hayan
completado en la edad establecida reglamentariamente, y a brindar posibilidades de educación a lo largo de toda la vida”;
y se ajusta a lo establecido en el articulo 41 de la Ley de Educación de la Provincia de Buenos
Aires: “Son objetivos y funciones de la Educación Permanente
de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional: aportar propuestas curriculares acordes con
las aspiraciones, las características y
las necesidades de la población destinataria, en relación con el
desarrollo local y regional en el Marco General de la Educación Secundaria ”
5- Aportamos
como sustento de la eficiencia y la necesidad social de este Plan, datos concretos
extraídos de la estadística realizada por el CENS 452 de La Plata. Estas
recensiones se encuentran a su disposición:
P
En esta modalidad han egresado 302 alumnos hasta diciembre del 2012 en
las siguientes proporciones:
3 (tres) en 2007
24
(veinticuatro) en 2008
42 (cuarenta y
dos) en 2009
68 (sesenta y
ocho) en 2010
65 (sesenta y
cinco) en 2011
100
(cien) en 2012
P
Esto demuestra que el sistema
Semipresencial prosigue en crecimiento continuo por la alta demanda que tiene
en la función específica que cumple.
P
Sólo el 4,6% de los alumnos
recibidos tienen entre 18 y 20 años, mientras que el 95,5% tienen 21 años o
más.
P
Si se analiza la fracción de alumnos
recibidos mayores a 30 años, éstos representan el 80% del total de egresados.
P
Estos antecedentes verifican que la modalidad Semipresencial no sólo es eficiente
sino que además lleva a afecto el objetivo primordial y fundacional: la
posibilidad de completitud y finalización de estudios secundarios para quienes
no pudieran asistir regularmente a una modalidad presencial.
Ante lo
expuesto, los profesores estamos convencidos de que es imperioso fortalecer la
modalidad Semipresencial y solicitamos para ello:
1- Que
sea renovada la Resolución 737/07 según lo establece su artículo
8: “…será necesaria una autorización específica resuelta sobre
la base de un nuevo dictamen de la Comisión Federal de Registro y Evaluación
Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia.” Este procedimiento obligatorio para determinar la continuidad del plan de estudios no ha sido implementado aún. Por ello solicitamos
que en base a la información suministrada en este documento se inicien las
acciones tendientes a generar un marco legal de continuidad.
2- Que
se contemplen cambios a la Res. 737/07 que regula la Semipresencialidad
en la provincia de Bs. As. ya que cubre
una necesidad única en el sistema educativo:
· Que sea integrada dentro del sistema
educativo, en la rama de Adultos puesto que da respuesta única a un determinado sector de la sociedad. De esto se
desprende su necesaria incorporación al Estatuto Docente como oferta educativa en el marco de la Educación Secundaria
de Adultos Modalidad Semipresencial (según Art. 19, inc.a del Estatuto Docente)
ya que de esta manera se crea mayor inclusión, educación de calidad y para toda
la vida.
· Que el Estado promueva y difunda la existencia
y el ingreso continuo en este sistema durante todo el año.
· Que
se incremente la asignación de recursos humanos: preceptores, secretarios
administrativos, coordinadores y directores de CENS remunerados.
· Que
se actualicen permanentemente y se reimpriman los recursos materiales (módulos de trabajo).
· Que
los docentes sean considerados para aportar en las mencionadas reformas.
Integrantes del Equipo de Conducción de CENS y de la
modalidad Semipresencial avalan con su firma lo manifestado en este documento:
Los docentes firmamos al pie dos ejemplares del mismo tenor.
Destacamos nombre y apellido, DNI, cargo e institución.